Objetivos:
Artículo 7 bis. Ley 8/2021: “… en los procesos en los que participen personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes que sean necesarios para garantizar su participación en condiciones de igualdad…. Se permitirá la participación de un profesional experto que a modo de facilitador realice tareas de adaptación y ajuste necesarias para que la persona con discapacidad pueda entender y ser entendida…”
El facilitador procesal estudia e identifica las necesidades de la persona con discapacidad, realiza un informe sugiriendo apoyos y adaptaciones; adapta la comunicación en las actuaciones judiciales y policiales; acompaña a la persona en todas las actuaciones; asesora sobre los ajustes y facilita la comunicación con todos los profesionales y operadores jurídicos
Al ser una modalidad online, es de autogestión y la persona comienza al día siguiente de efectuar la matrícula. El alta en la plataforma y el tutor es por tres meses. Para la inscripción será necesario adjuntar la ficha de solicitud y el certificado colegial para que se aplique el descuento
Más información en el siguiente enlace
FICHA DE SOLICITUD DE PLAZA